Aduanas podrá prohibir la importación de productos elaborados con trabajo forzoso

Aduanas podrá prohibir la importación de productos elaborados con trabajo forzoso

Santo Domingo. El presidente Luis Abinader emitió el Decreto núm. 502-26, que establece un procedimiento administrativo para prevenir, identificar y restringir la importación de mercancías, productos y bienes elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso, con el objetivo de fortalecer la protección de los derechos humanos y cumplir los compromisos internacionales asumidos por la República Dominican.

La disposición faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) a prohibir, mediante decisión motivada, la importación de mercancías cuando se determine que fueron producidas bajo condiciones de trabajo forzoso.

La medida también aplicará a cargamentos que ya hayan zarpado, se encuentren en puertos o estén sometidos a algún régimen aduanero antes de su ingreso definitivo al país.

El decreto establece que la DGA podrá ordenar la reexportación de las mercancías a su país de origen o a otro destino autorizado, su destrucción u otras medidas previstas por la ley.

Además, deberá mantener un registro administrativo de los productos cuya importación haya sido prohibida.La normativa también promueve el fortalecimiento de la cooperación internacional, el intercambio de información y la adopción de buenas prácticas con organismos y autoridades de otros países para identificar mercancías vinculadas al trabajo forzoso.

Asimismo, dispone la coordinación entre la Dirección General de Aduanas, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio Público, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y otras instituciones competentes para reforzar los controles en el comercio internacional.

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