Proyecto de Reforma Policial, entregado al Congreso Nacional, busca eliminar la vieja práctica de los llamados “policías prestados”
Santo Domingo RD. El Artículo 147 de la normativa prohíbe en su totalidad que agentes de la Policía Nacional realicen labores de vigilancia, seguridad o custodia en ministerios, direcciones, empresas públicas o cualquier entidad del Estado.
En cuanto a las entidades privadas, solo podrán utilizar policías en casos excepcionales. El proyecto también ordena un control estricto sobre el uso de armas. De ser aprobada, la medida busca concentrar a los agentes en sus funciones primarias de seguridad ciudadana.
Anteproyecto exige hasta 25 años para ascender de raso a cabo segundo
El anteproyecto de ley sobre la reforma policial, depositado en el Congreso por el Poder Ejecutivo, establece que un raso (patrullero) deberá durar hasta 25 años en las filas de la institución para alcanzar el rango de cabo segundo.

La normativa señala que las jerarquías de agente patrullero quinto, cuarto, tercero, segundo y primero tendrán un período de 5 años en cada etapa, respectivamente. Sin embargo, el miembro de la Policía que se someta a un proceso de capacitación continua a través del Instituto Policial de Educación Superior (IPES) y universidades, y que obtenga el título de licenciado, podrá ascender en un menor tiempo.
Indica que para pasar a cabo primero deberá completar otros 5 años, tiempo establecido para cada ascenso hasta alcanzar el rango de primer teniente de la Policía.
El artículo 82 del anteproyecto legislativo dispone que el rango de agente patrullero contará con ascensos desde primero hasta quinto, acompañados de reconocimientos por tiempo de servicio, buen comportamiento y profesionalización, previo al cumplimiento de los siguientes requisitos: contar con un tiempo mínimo de servicio de 5 años para cada rango.
Además, se requiere superar los cursos mandatorios establecidos por la institución, haber aprobado la última validación de competencias policiales a cargo del Centro Nacional de Estándares de la Profesión Policial, no encontrarse detenido ni tener acusación en materia penal, no haber sido sancionado disciplinariamente por faltas graves o muy graves en los últimos dos años y contar con un mínimo de un año de servicio en cargos operativos durante el tiempo correspondiente para cada rango.
En el párrafo I, se especifica que, cumpliendo los requisitos previstos, el personal de agentes patrulleros podrá ascender a agente patrullero tercero, siempre y cuando haya obtenido certificaciones en el ámbito del servicio policial con enfoque en derechos humanos, conferidas por el IPES. Los ascensos se realizarán el 27 de febrero.
“Policía prestado”
El anteproyecto también introduce cambios que eliminan la cultura del “policía prestado”, crea dos subdirecciones —una abierta a civiles— y saca a Asuntos Internos de la cadena de mando policial.
Asimismo, prohíbe que agentes sean asignados a instituciones públicas o empresas privadas, salvo excepciones estrictamente reguladas y con pago completo del servicio.
En cuanto a las entidades privadas, solo podrán utilizar policías en casos excepcionales. El proyecto también ordena un control estricto sobre el uso de armas.
De ser aprobada, la medida busca concentrar a los agentes en sus funciones primarias de seguridad ciudadana.










